Eduardo Nava Hernández
Foto: Agencia de Comunicación Gráfica / Cambio de Michoacán
Morelia, Michoacán, México, 17 de marzo de 2025.- Cuando un gobernante intenta desprestigiar a su Alma Mater difundiendo falsedades y difamar a los profesores que le dieron instrucción profesional, la quiebra moral es total. Cuando se quiere culpar de la bancarrota ocasionada por quienes la han administrado o son responsables de su sostenimiento a quienes, desde la docencia, la investigación o las tareas administrativas han entregado gran parte de su vida a una institución educativa, se pretende distorsionar su realidad y desviar la atención pública de los problemas fundamentales que la aquejan.
El gobernador Alfredo Ramírez Bedolla y la rectora Yarabí Ávila González, cuando centran la problemática financiera de la universidad en el tema de las jubilaciones, omiten llevar a la discusión pública los grandes temas que en este tiempo enfrenta la Universidad Michoacana, que no son únicamente económicos sino académicos. Al atacar sólo, o principalmente, a la jubilación, ponen en evidencia que el humanismo que se proclama está más ausente que nunca de la vida universitaria.
Es imposible no reconocer que la reciente reforma al artículo 143 de la Constitución del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, garantizando a la Casa de Hidalgo al menos un 4.5% del presupuesto de egresos del Estado, es un avance importante para ir resolviendo en el mediano plazo la insuficiencia de recursos en la institución. Fue indiscutiblemente una buena iniciativa del gobernador, cuyos efectos, sólo después de algún tiempo, se podrán evaluar. Pero ello ocurre mientras la Auditoría Superior de la Federación —que sólo audita los subsidios federales que la universidad recibe, no los aportados por el gobierno estatal— señaló en el ejercicio 2022, por ejemplo, que se hicieron pagos a personas fallecidas o con licencia sin goce de sueldo; y que, entre otras cosas, la nómina en ese año creció un 3.8 por ciento, rebasando lo permitido.
La conclusión de esa revisión por parte del órgano dependiente de la Cámara de Diputados del Congreso Federal fue que “La Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo no cumplió con sus obligaciones de transparencia sobre la gestión de los recursos que aportó la Secretaría de Educación Pública, ya que la información que remitió a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público del formato Ejercicio del Gasto sobre el ejercicio, destino y resultados de los recursos transferidos careció de la calidad y congruencia requeridas”.
Se trata del último año de la gestión del rector Raúl Cárdenas Navarro, por el que no se han establecido hasta ahora responsabilidades. Lejos de ello, de acuerdo con la nueva Ley Orgánica aprobada en la madrugada del 8 de marzo por el Congreso de Michoacán (artículo 33), el agrónomo e investigador del Instituto de Investigaciones Agrícolas y Forestales de la universidad se integrará, junto con sus dos antecesores en la rectoría, José Gerardo Tinoco Ruiz y Medardo Serna González, a la ahora llamada Comisión Especial para la Elección de la Rectora o Rector, que hará la designación de los próximos representantes legales de la Universidad Michoacana.
Para el Ejercicio 2023 —ya bajo la responsabilidad de la doctora Ávila González— resultó que la UMSNH es una de las tres universidades públicas del país con menos transparencia y que con más retraso y deficiencias entregan a las autoridades hacendarias sus informes (https://cambiodemichoacan.com.mx/2025/02/25/la-umsnh-entre-las-universidades-con-menor-transparencia-en-el-gasto-publico/).
Por hablar sólo del aspecto financiero, es sabido que la actual rectora ha destinado fondos, presuntamente de ingresos propios, para la construcción de una alberca olímpica, cuyo costo rondará los 32 millones de pesos, cuya obra se asignó sin licitación a la empresa Consultoría & Proyectos, S. A de C. V. propiedad de las hermanas Alejandra y Gabriela Alemán Meza, fundada hace menos de 10 años en la ciudad de Morelia, y aparentemente sin experiencia en este tipo de edificaciones (https://cbtelevision.com.mx/millonario-derroche-en-la-umsnh-sin-licitar-en-alberca-olimpica/?fbclid=IwZXh0bgNhZW0CMTEAAR2Dq2CtfppPPyc15FLH72aH7TKs-TXbbo_sHFo_ah7Crboqa67Q0yH-sbM_aem_zDS6FjQfwZAQwT8jruVPcQ).
Mientras tanto, la universidad adeuda prestaciones desde 2018, algunas de ellas trascendentes, como los seguros de vida y pagos de marcha a beneficiarios de académicos y empleados fallecidos, que alcanzan un monto de 51 millones de pesos, por lo que viudas y deudos se presentaron a denunciarlo en la conferencia de prensa del SPUM el martes 11 de marzo, en la cual se desmintió el decir de Ramírez Bedolla contra los jubilados.
Acaso la cuestión más grave y acuciante de la problemática universitaria sea la desprofesionalización y precarización de los trabajadores académicos, encargados de las funciones sustantivas de docencia, investigación, difusión de la cultura y extensión en la Casa de Hidalgo. Esto es, que las plazas de los trabajadores de tiempo completo o medio tiempo que se jubilan o fallecen no son cubiertas por otros en condiciones semejantes, sino canceladas y aquéllos sustituidos por profesores de asignatura, además casi siempre interinos, en grave detrimento de la calidad y productividad de la principal institución de educación superior en Michoacán.
Está pendiente también de resolver la clínica del IMSS (¿?) en el campus de la Universidad Michoacana, que quedó suspendida en su construcción hace alrededor de seis años, sin que se haya vuelto a informar de ella ni cuándo se concluirá para uso de los beneficiarios universitarios.
El tema de las jubilaciones universitarias, como quedó en la LOUM (artículo 43), remite a los que desde ahora entren contratados a la universidad al sistema de pensiones y jubilaciones que establezca la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, contraviniendo al artículo 143 de la mencionada Constitución de Michoacán, recientemente reformado, que en su párrafo 5° mandata que la UMSNH “contará con un sistema propio de pensiones y jubilaciones para el personal docente y administrativo”. Es un retroceso evidente en materia de seguridad social que implicará que posiblemente, cuando los hoy recién ingresados trabajadores universitarios se jubilen, recibirán de la afore una pensión de alrededor del 40 por ciento de su ingreso como activos, una cantidad insuficiente para una vejez digna. La rectora Yarabí Ávila, desde su proclamado cuanto falso humanismo, advierte que “ellos ya sabrán si aceptan las condiciones actuales que dicta la Ley Orgánica o no”.
Pero, si bien el tema de las pensiones por retiro ha acaparado la atención del debate, especialmente por parte de los sindicatos, no es el único, y quizá no el peor de los retrocesos implicados en el ordenamiento votado en la madrugada del 8 de marzo. Algunos de ellos los señalé en mi anterior colaboración a este diario.
La regresión en la democracia universitaria es brutal. Se conserva como instancia central un órgano de élite, la ya mencionada Comisión Especial para la Elección de la Rectora o Rector, que no será siquiera un órgano derivado plenamente del Consejo Universitario como máxima autoridad, ahora sin definir sus funciones en un proceso que la propia ley establece que deberá ser democrático y con la participación de los tres sectores. El que en esa comisión resalte la presencia la presencia obligatoria de los “titulares de la Rectoría que hayan fungido en los últimos tres períodos inmediatos” (Art. 33) significa que la propia Yarabí Ávila pasará a formar parte de ella desde 2030 y durante tres procesos de designación. Se agregan, además, para ser Rector o Rectora, dos nuevos requisitos: el contar con grado de doctor y tener el antecedente de haber desempeñado actividades en la administración universitaria. Es, virtualmente, una ley hecha ex profeso para perpetuar en el poder universitario a los grupos de interés que ya han controlado y controlan la institución desde su aparato burocrático central.
Los directores de las dependencias académicas: escuelas, facultades e institutos de investigación seguirán siendo designados por el Consejo Universitario y no electos por la comunidad correspondiente; los de las unidades profesionales serán designados por el titular de la Rectoría (Art 23, fracc. II), revirtiendo lo hasta hoy establecido en el artículo 7° del reglamento correspondiente, que prescribe un proceso idéntico al de las demás dependencias académicas, para integrarse al Consejo Universitario con derecho a voz y voto. Todo ello facilita al rector o rectora en turno el control sobre el máximo órgano de gobierno de la UMSNH.
El Tribunal Universitario, anteriormente una comisión permanente del Consejo Universitario, ha sido dotado de autonomía “con capacidad de gestión y jurisdicción propia”, pero sin que la ley establezca (Art. 37) cómo se integra ni el número, duración y requisitos de sus integrantes.
La ley orgánica, en cuya justificación (por así decirlo) y defensa han salido el gobernador Ramírez Bedolla, la rectora Ávila González y la fracción parlamentaria de Morena en el Congreso de Michoacán, resulta, empero, ilegítima y anticonstitucional. En su proceso no se cumplió lo que la Ley General de Educación Superior (2021), que en el tercer párrafo de su artículo 2° prescribe que la modificación de las normas fundamentales de las instituciones dotadas de autonomía “deberá contar con los resultados de una consulta previa, libre e informada a su comunidad universitaria, a los órganos de gobierno competentes de la universidad o institución de educación superior a la que la ley otorga autonomía, y deberá contar con una respuesta explícita de su máximo órgano de gobierno colegiado”, aunque la rectoría haya hecho una simulación en dos foros con sus mesas de trabajo y una consulta siempre en plataformas digitales. De esos ejercicios no hay memorias ni síntesis que enuncien cuáles propuestas fueron integradas al texto definitivo, en realidad porque parece no haber ninguna en ese caso; sólo números de participantes para los cuáles no hay mecanismos de verificación y que, desde luego, en una proporción aplastante aprobaron, según las autoridades, lo que éstas les presentaron.
En el Congreso, en esa noche del 7 de marzo y la madrugada del 8, el proyecto de Ley Orgánica fue aprobado sin que existiera un dictamen, como era obligado, de la Comisión de Educación (presidida por el diputado independiente Carlos Alejandro Bautista Tafolla, que en la sesión pidió por ello sacar el punto del orden del día) y contando tan sólo con el de la Comisión de Gobernación (presidida por el morenista Alejandro Arévalo Vera). Con el típico planchazo, aprendido de los tiempos del priismo, la mayoría constituida por diversos legisladores del Morena, PVEM y PRD desechó todas las reservas presentadas por los opositores a la iniciativa, destacadamente la bancada del Partido del Trabajo y el diputado morenista Juan Carlos Barragán.
Se trata, pues, de un precepto cuestionable por completo —y no sólo en el tema de la jubilación—, como lo ha sido por las representaciones sindicales universitarias y muchísimos universitarios, que será impugnado en las calles y en las instancias jurisdiccionales procedentes. Por ir en contra de la historia, el espíritu y el consustancial humanismo de la universidad forjada en la tradición nicolaita, esta ley de ignominia será superada, sin duda, y sus autores y promotores cubiertos de oprobio.





