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Detienen en Nayarit a dos vendedores de aves silvestres

Tepic, Nayarit, México, 16 de enero de 2018, México Ambiental.- A partir de una denuncia ciudadana, elementos de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), apoyados por la Policía Municipal de Santiago Ixcuintla, lograron el aseguramiento de seis pericos frente naranja (Aratinga o Eupsittula canicularis), que eran vendidos por dos personas en las inmediaciones de la carretera estatal Santiago-Los Corchos, en esa localidad del estado de Nayarit.

 

En el operativo, los federales detuvieron a dos supuestos vendedores de aves, quienes tenían en posesión seis jaulas metálicas y una motocicleta con alimento para aves y que se encontraban sobre la carretera estatal a la altura del kilómetro 1 con dirección a la localidad de Los Corchos, del mismo municipio.

 

Los inspectores determinaron que se trataban de seis ejemplares juveniles de perico frente naranja (Aratinga o Eupsittula canicularis), que se encuentra listada como especie Sujeta a Protección Especial (Pr) dentro de la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, y contemplada en el Apéndice II de la Convención Internacional para la Protección de Especies de Fauna Silvestre (CITES, por sus siglas en inglés).

 

A los vendedores se les requirió la documentación con la cual acreditaran su legal procedencia, pero  mencionaron no contar con ningún documento, por lo que fueron detenidos y puestos a disposición del Ministerio Público Federal con sede en la ciudad de Tepic, ante posibles hechos constitutivos de delitos en contra de la biodiversidad.

 

Los seis ejemplares asegurados precautoriamente, fueron puestos bajo resguardo del Predio o Instalación que Maneja Vida Silvestre de forma confinada (PIMVS) “Umballi”, donde se les brindará  atención médica y alimentación adecuada hasta en tanto se resuelva su situación jurídica.

 

La Profepa informó que el aprovechamiento comercial de especies de psitácidos (pericos, loros y guacamayas) cuya distribución natural sea dentro del territorio nacional, está prohibida desde el año 2008, por lo cual el poseer y vender este tipo de ejemplares de vida silvestre podría ser sancionado con una multa de 50 a 50,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, como establece la Ley General de Vida Silvestre.

 

La comercialización se pueden configurar como delito federal susceptible de ser sancionado con una pena privativa de la libertad que va de 1 a 9 años de prisión y una multa de 300 a 3,000 Unidades de Medida y Actualización, de acuerdo con el artículo 420, fracción IV,  del Código Penal Federal.

 

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