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Inspeccionan y clausuran bancos de piedra en Actopan, Veracruz donde hubo cambio de uso de suelo

Ciudad de México, México, 9 de mayo de 2018, México Ambiental.- En atención a denuncias populares presentadas por PRONATURA y el Centro Mexicano de Derecho Ambiental en 2017 por cambio de uso de suelo en zonas donde se extrae piedra para los trabajos de ampliación del puerto de Veracruz, personal de PROFEPA inspeccionó un año después las localidades de Mozomboa, Villa Rica y La Mancha en el municipio de Actopan, donde operan diferentes bancos de materiales pétreos en donde se constató la modificación del régimen.

 

En dichos recorridos de vigilancia, se ubicaron distintos bancos de extracción de material pétreo autorizados por el gobierno de Veracruz y se identificaron aquellos en los que hay competencia federal, mismos  que fueron inspeccionados.

 

La verificación de la actividad de extracción del material pétreo como la roca basáltica, recae en el ámbito estatal, en virtud de que este material no es considerado como mineral o sustancia reservada a la federación, de acuerdo al artículo 4, fracciones I, II, II BIS, IV, V, VII y VIII de la Ley Minera.

 

La Profepa informó que desde 2015, derivado de los recorridos de vigilancia, fortaleció su presencia y ha inspeccionado en las materias de impacto ambiental y forestal, diferentes bancos de extracción de material pétreo en el municipio de Actopan en esa entidad, utilizado en los trabajos de ampliación del puerto de Veracruz precisamente, lo que dio lugar a la clausura y suspensión de esta actividad, debido a la falta de las autorizaciones federales que otorga la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

 

Y es que previo a la explotación del material pétreo, los responsables de esta actividad llevaron a cabo la remoción de vegetación forestal para darle al suelo un uso distinto. La PROFEPA inició los procedimientos administrativos correspondientes.

 

En virtud de lo anterior, propiamente la actividad de extracción de este material pétreo no recae en los supuestos de los artículos 28, fracción III de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y 5°, inciso L) de su Reglamento en materia de Evaluación del Impacto Ambiental.

 

La PROFEPA aseguró que continuará verificando el cumplimiento de la normatividad ambiental en el ámbito de su competencia, para  garantizar el derecho a un medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar de toda persona.

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