Guadalajara, Jalisco, México, 31 de marzo de 2018, México Ambiental.- En una acción coordinada con la Policía Federal, derivado del Servicio de Inspección, Seguridad y Vigilancia en la Nueva Central Camionera, se detectó una cría de cocodrilo de pantano (Crocodylus moreletii) en el interior de una caja de plástico que procedía de Guadalajara y pretendía enviarse a San Juan de Los Lagos, Jalisco.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) aseguró la cría durante su movilización. Y es que al verificar el envío se determinó que la nota de venta cubre con los requisitos de ley; sin embargo, las condiciones del contenedor en el que era transportado no garantizaban su trato digno y respetuoso de este ejemplar cuya edad fue estimada entre dos a cuatro meses.
El contenedor en el que debe ser transportado, debe ostentar identificación o etiqueta visible con la información sobre el destinatario y remitente, nombre común y científico del animal, número de ejemplares, datos relevantes de temperatura o alimentación, flechas dibujadas que indiquen la posición correcta del contenedor y leyenda de importancia, como “Animales vivos. Manejar con cuidado”.
El ejemplar de Cocodrilo (Crocodylus moreletii) se encuentra listado en la categoría de especie Sujetas a Protección especial (Pr), dentro de la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, lo que significa que los ejemplares de la especie podrían llegar a encontrarse amenazadas por factores que inciden negativamente en su viabilidad, por lo que se determina la necesidad de propiciar su recuperación y conservación o la recuperación y conservación de poblaciones de especies asociadas.
El ejemplar quedó bajo resguardo de la Unidad de Rescate de Fauna Silvestre del ayuntamiento de Tlajomulco, la cual se encuentra acreditada ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente como Comité de Vigilancia Ambiental Participativa (CVAP) para su valoración física y cuidados perentorios.
Poseer ejemplares, partes o derivados de vida silvestre de manera ilegal, así como el realizar actos que contravengan su trato digno y respetoso, es sancionado por la Ley General de Vida Silvestre con una multa de hasta 50,000 Unidades de Medida y Actualización vigentes, y el Código Penal Federal establece prisión privativa de la libertad de hasta 9 años.





