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Ante la PGR 5 personas por derribo de arbolado en predios de Michoacán

Morelia, Michoacán, México, 25 de mayo de 2017, México Ambiental.- Por el derribo ilegal de arbolado en el predio El Estanque, ubicado en los municipios de Salvador Escalante y Pátzcuaro en Michoacán y por no contar con la autorización para el de cambio de uso de suelo en terrenos forestales o para el aprovechamiento forestal maderable que expide la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) puso a disposición de la Procuraduría General de la República a cinco personas.

 

En un operativo en coordinación con la Policía Ambiental de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Michoacán, personal de la PROFEPA detectó tala ilegal y cambios de uso de suelo en terrenos forestales.

 

Los inspectores federales hicieron recorridos de vigilancia por carreteras, caminos de terracería y brechas dentro de los predios forestales de los municipios de Salvador Escalante y Pátzcuaro, Michoacán y encontraron en flagrancia cinco personas que realizaban actividades de derribo de arbolado, seccionado de madera en rollo producto de los fustes de los árboles y carga de la madera en un vehículo.

 

Esto se presentó en el predio El Estanque, donde se encuentra vegetación forestal de pino, ubicado en las colindancias de las comunidades de Zirahuén y San Miguel Nocutzepo, de los municipios de Salvador Escalante y Pátzcuaro, respectivamente.

 

Allí se encontraron tres árboles derribados recientemente, dos de pino y uno de cedro blanco, así como dos motosierras que utilizaron para el derribo y seccionado de la madera en rollo.

 

Los inspectores de la PROFEPA solicitaron a las personas la autorización de aprovechamiento extractivo forestal y para el cambio de uso de suelo, para avalar la legalidad de estas acciones, sin embargo, ninguna fue presentada.

 

Además se aseguró precautoriamente un vehículo de doble rodada, el cual contenía sobre su área de carga 14 piezas de madera en rollo de cortas dimensiones, del genero Pinus con un volumen total de 1.1 m3.

 

Debido a que el predio se encuentra en la zona de influencia de las cuencas de los lagos de Pátzcuaro y Zirahuén, las personas, los vehículos, la madera y las motosierras fueron puestas a disposición de la delegación de la PGR en Michoacán.

 

Según el Artículo 165 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, el responsable de cambiar la utilización de los terrenos forestales, sin contar con la autorización correspondiente, se hará acreedor a una  multa por el equivalente de 100 a 20,000 veces la Unidad de Medida y Actualización.

 

Conforme a lo previsto en el Artículo 418 del Código Penal Federal, dichas conductas pueden derivar en un delito penal y se podrá  imponer una pena de seis meses a nueve años de prisión, así como una multa por el equivalente de 100 a 3,000 días multa a quien desmonte o destruya la vegetación natural y cambie el uso del suelo forestal.

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