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Vigente veda para captura de todas las especies de camarón en el Golfo de México y el Caribe

Ciudad de México, México, 9 de junio de 2016, México Ambiental.- La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) a través de la Comisión Nacional de Pesca (CONAPESCA) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Acuerdo por el que se da a conocer el establecimiento de épocas y zonas de veda para la captura de todas las especies de camarón en aguas marinas y de los sistemas lagunarios estuarinos de Jurisdicción Federal del Golfo de México y Mar Caribe”, una norma que establece la veda temporal para la captura de todas las especies de camarón en aguas marinas de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe que ya se cumple.

De acuerdo a la normatividad, la distribución es como sigue: De las 00:00 horas del 1 de mayo y hasta las 24:00 horas del 15 de agosto de 2016, en la zona que abarca desde la frontera con los Estados Unidos de América (E. U. A.), en Tamaulipas, hasta la desembocadura del Río Coatzacoalcos, en Veracruz.

De las 00:00 horas del 1 de junio y hasta las 24:00 horas del día 31 de octubre de 2016, en la franja costera frente a los estados de Campeche y Tabasco, para la pesquería de camarón rosado.

De las 00:00 horas del 1 de mayo y hasta las 24:00 horas del 30 de septiembre de 2016, en la franja costera frente a los estados de Campeche y Tabasco, para la pesquería de camarón siete barbas.

De las 00:00 horas del 1 de junio y hasta las 24:00 horas del 31 de octubre de 2016, en la zona de Contoy.

La veda temporal para la captura de todas las especies de camarón existentes en los sistemas lagunarios estuarinos de jurisdicción federal del Golfo de México quedó así: A partir de las 00:00 horas del 25 de mayo y hasta las 24:00 horas del 9 de julio de 2016, en los sistemas lagunarios estuarinos del Golfo de México, desde la frontera con E. U. A. en Tamaulipas, hasta la desembocadura del Río Coatzacoalcos, Veracruz.

A partir de las 00:00 horas del 1 de mayo y hasta las 24:00 horas del 30 de septiembre de 2016, en los sistemas lagunarios estuarinos del Estado de Tabasco.

Los especialistas determinaron además que el periodo de veda permanente para la captura de todas las especies de camarón en aguas marinas de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe comprendidas en la franja marina de las 0 a las 15 millas a partir de la línea de costa desde Isla Aguada, Campeche, hasta los límites con Belice (excepto caladeros de Contoy), la conclusión de esta veda permanente será publicada oportunamente en el DOF según los resultados vertidos por las investigaciones y estudios realizados por el INAPESCA.
Estas disposiciones están contenidas bajo el Dictamen Técnico número RJL/INAPESCA/DGAIPA/DT/001/2016, emitido mediante oficio RJL/INAPESCA/DGAIPA/164/2016 y las recomendaciones vertidas en el oficio RJL/INAPESCA/DGAIPA/173/2016, generadas por el Instituto Nacional de Pesca (INAPESCA),

Estas disposiciones están vigentes y los encargados de su cumplimiento son la Secretaría de Marina y la CONAPESCA.

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