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Protegen 17 mil tortugas golfina (Lepidochelys olivacea), en operativo en el Santuario Playa de Escobilla, Oaxaca

Oaxaca, Oaxaca, México, 12 de julio de 2018, México Ambiental.- Se realizó el primer operativo de protección de tortugas marinas  en el Área Natural Protegida Santuario Playa de Escobilla, Oaxaca, que permitió resguardar 16 mil 920 tortugas que llegaron a desovar a este sitio en el Océano Pacífico mexicano que es uno de los principales refugios de anidación de la especie en el mundo.

 

Elementos de la PROFEPA y de la Secretaría de Marina-Armada de México (SEMAR), atendieron la primera arribada de los quelonios del 4 al 8 de julio pasados y realizaron actividades de vigilancia en 15 kilómetros de longitud que abarca el Área Natural Protegida con el carácter de Santuario Playa de Escobilla, en el estado de Oaxaca.

 

En México, la Playa de Escobilla es considerada la más importante para la anidación de la tortuga golfina (Lepidochelys olivacea), por lo cual se reforzó la  vigilancia en esta zona.

 

Además realizan recorridos de vigilancia en las playas de Guapinole, Bacocho, Palmarito, Parque Nacional Lagunas de Chacahua, Ventanilla y Barra de la Cruz, donde anida la tortuga laúd (Dermochelys coriacea) y prieta (Chelonia agassizii).

 

Durante la pasada temporada de arribadas en 2017-2018, se llevaron a cabo operativos de protección a estas  especies, en las playas de Morro Ayuta y Escobilla, donde se recuperaron 33 mil 343 huevos de golfina que habían sido saqueados; se resembraron directamente en las playas, para evitar su comercialización ilegal.

 

La Profepa explicó que en 1990, se emitió el Acuerdo por el que se establece veda para las especies y subespecies de tortuga marina en aguas de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe, así como en las del Océano Pacífico, incluyendo el Golfo de California.

 

De acuerdo al Artículo 60 Bis 1 de la Ley General de Vida Silvestre (LGVS), ningún ejemplar de tortuga marina, cualquiera que sea la especie, podrá ser sujeto de aprovechamiento extractivo, ya sea de subsistencia o comercial, incluyendo sus partes y derivados.

 

Conforme al Código Penal Federal, a quien ilícitamente capture, dañe o prive de la vida a algún ejemplar de tortuga o recolecte o almacene de cualquier forma sus productos o subproductos, se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días multa; se aplicará una pena adicional hasta de tres años más de prisión y hasta mil días multa adicionales cuando las conductas descritas se realicen en o afecten un área natural protegida, o cuando se realicen con fines comerciales.

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