Morelia, Michoacán, México, 2 de abril de 2018, México Ambiental.- Por cambio de uso de suelo ilegalmente, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró total temporalmente, un plantío de aguacate de 22 hectáreas que afectó a más de dos mil individuos de encino y pino, que forman parte de la vegetación original del lugar en un predio de Zacapu, Michoacán, donde se encontraron sembradas casi tres mil plantas del fruto.
Inspectores de la PROFEPA, con apoyo de elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional y de la Policía Federal, se presentaron en los predios denominados El Pacheco y El Pacheco Bajo y/o Ramírez, pertenecientes al municipio de Zacapu, Michoacán, para efectuar un operativo de inspección en materia forestal en el que se observó que en los terrenos forestales se llevó a cabo la remoción de la vegetación nativa que consistía en bosques de pino y encino, así como de la vegetación herbácea y arbustiva, ara la siembra de plantas de aguacate.
Los federales estiman la afectación de dos mil 200 árboles de las especies de pino y encino, en las 22 hectáreas en que se Cambió el Uso de Suelo en Terrenos Forestales, sin contar con la autorización emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), por lo cual se infringió lo señalado por el artículo 163, fracciones III, V y VII de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS), motivo por el cual se procedió a imponer como medida de seguridad la Clausura Total Temporal de las actividades.
Al momento de la inspección, los inspectores constataron la plantación reciente de alrededor de dos mil 900 plantas de aguacate en sustitución de la vegetación forestal original y se detectó la apertura de dos ollas, que son cavidades a manera de pozos para la captación y almacenamiento de agua de lluvia. La primera tenía más de 300 metros cuadrados (18 metros de largo x 17 metros de ancho) y 5 metros de profundidad y otra de 45 metros de largo x 20 metros de ancho (900 m2) y 5 metros de fondo o profundidad.
Derivado de las irregularidades detectadas, los presuntos responsables podrán hacerse acreedores a multas que van de 100 a 20,000 veces las Unidades de Medida y Actualización vigentes, de conformidad con lo señalado por el artículo 165, fracción II, de la LGDFS, así como ser obligados a realizar las medidas de restauración del sitio afectado a sus condiciones originales, independientemente de las sanciones penales que resulten.





