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Por daño ambiental clausuran predio en humedal costero, en el municipio de Othón P. Blanco en Quintana Roo

Benito Juárez, Quintana Roo, México, 8 de mayo de 2018, México Ambiental.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró de manera total temporal un predio de casi 2 mil 500 metros cuadrados, por obras y actividades ilegales de relleno en humedal costero, en el municipio de Othón P. Blanco, Quintana Roo.

 

Inspectores de la PROFEPA en la entidad efectuaron una visita en un predio ubicado en la calle Cedros, en la localidad de Úrsulo Galván, en el citado municipio, donde se detectó el relleno del humedal lagunar costero de la laguna Chile Verde, con presencia de vegetación de manglar, utilizando piedra y sascab en una superficie de 254 metros cuadrados. Observaron que en los trabajos realizados, las piedras rodean algunos ejemplares en pie de mangle botoncillo (Conocarpus erectus); sin embargo, sobre el relleno se identificaron cuatro tocones de mangle de la especie antes referida y la poda de diez ramas de la misma especie.

 

Y colindante a la citada laguna Chile Verde y  sobre el relleno señalado, se observó la regeneración de cuatro plántulas de mangle rojo (Rhizophora mangle) y 20 plántulas de mangle botoncillo, especies listadas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, bajo la categoría de Amenazadas.

 

Durante la inspección, no se realizaba trabajo alguno en el sitio. El responsable señaló que el relleno con material de piedra y sascab se inició en diciembre pasado y se realizó de manera manual con pala y carretilla, indicando  también que el agua estaba socavando el litoral, por lo que colocó la piedra para evitar la erosión.

 

El predio donde se realizó la inspección se encuentra parcialmente desprovisto de vegetación natural, observándose ejemplares aislados en pie de mangle botoncillo (Conocarpus erectus), asociados con zacate cortadera (Cladium jamaicense).

 

Al momento de la inspección, el responsable no presentó la autorización en materia de Impacto Ambiental para llevar a cabo las  obras y actividades detectadas, por tal motivo y para evitar que se continuara poniendo en riesgo de daño grave a los recursos naturales presentes y al cuerpo lagunar, se procedió a imponer la clausura total temporal y se colocaron los sellos correspondientes.

 

La medida de seguridad se mantendrá hasta que el responsable  acredite contar con la Autorización en materia de Impacto Ambiental para las actividades y trabajos en un ecosistema de humedal lagunar costero con presencia de vegetación de manglar, que para tal efecto emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

 

De conformidad con el artículo 28, fracción X, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), las obras y actividades que se realicen en humedales y manglares deben contar con la autorización en materia de Impacto Ambiental que emite la SEMARNAT.

 

La sanción por llevar a cabo obras y actividades de competencia federal puede alcanzar una multa por el equivalente de 30 hasta 50 mil Unidades de Medida y Actualización, de acuerdo a lo establecido en el artículo 171, fracción I, de la LGEEPA.

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