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Inicia veda temporal para pesca de atún en México

Ciudad de México, México, 19 de julio de 2017, México Ambiental.- Para mantener los niveles de abundancia y promover el aprovechamiento sustentable de los recursos marinos, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) anunció la veda temporal para la pesca comercial de diferentes especies de atún en el Océano Pacífico y que restringe la captura a partir del próximo 29 de julio.

El acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación establece la veda temporal a la captura comercial de túnidos en aguas de jurisdicción federal mexicanas del Océano Pacífico, así como en altamar y aguas jurisdiccionales extranjeras que se encuentran en el área de regulación de la CIAT y se podrán sujetar al siguiente periodo de veda que entrará en vigor de las 00:00 horas del día 18 de noviembre de 2017 hasta las 24:00 horas del día 18 de enero de 2018.

La veda temporal para la pesca comercial de túnidos aplica a embarcaciones atuneras de bandera mexicana, de 182 y más toneladas métricas de capacidad de acarreo, que utilizan redes de cerco.

La restricción de captura inicia a partir del próximo 29 de julio y termina el 28 de septiembre, de acuerdo con la Opinión Técnica del Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (INAPESCA), y de las recomendaciones científicas para la conservación de atunes en el Océano Pacífico Oriental, presentadas en la 91ª, Reunión Extraordinaria de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) en 2017.

También se establece la veda temporal para la pesca comercial de diversas especies de atún desde las 00:00 horas del 29 de septiembre hasta las 24:00 horas del 29 de octubre de 2017, en las zonas entre los 96° y 110° Oeste y los 4° Norte y 3° Sur, dentro del Océano Pacífico Oriental.

La Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA) aclara que se exceptúa de la observancia del período de veda y la prohibición del presente Acuerdo, a las embarcaciones atuneras de vara, pesca deportivo-recreativa y cargueras menores a 182 toneladas métricas de capacidad de acarreo.

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