Home > México > Aseguran una piel de jaguar (Panthera onca) a un particular en Tizimín, Yucatán en Reserva de la Biosfera Ría Lagartos

Aseguran una piel de jaguar (Panthera onca) a un particular en Tizimín, Yucatán en Reserva de la Biosfera Ría Lagartos

Mérida, Yucatán, México, 2 de abril de 2018, México Ambiental.- Tras una denuncia de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP) elementos de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) aseguraron una piel de jaguar (Panthera onca) en proceso de curtimiento, encontrada en el domicilio de un particular, en la localidad de El Cuyo, Municipio de Tizimín, Yucatán, dentro del Área Natural Protegida (ANP), Reserva de la Biosfera Ría Lagartos.

 

De acuerdo a La Profepa, el jaguar es una especie listada en la Norma Oficial Mexicana NOM-SEMARNAT-2010, en la categoría de especie en Peligro de Extinción, por tratarse de una especie cuyas áreas de distribución o tamaño de sus poblaciones en el Territorio Nacional han disminuido drásticamente, poniendo en riesgo su viabilidad biológica en todo su hábitat natural, debido a factores tales como la destrucción o modificación drástica del hábitat, aprovechamiento no sustentable, enfermedades o depredación, entre otros aspectos.

 

Durante la visita de inspección no se acreditó la legal procedencia de la piel encontrada, por lo que con fundamento en el artículo 119, fracción I, de la Ley General de Vida Silvestre (LGVS), se determinó su aseguramiento precautorio.

 

En revisión posterior realizada en las instalaciones de la Delegación de la PROFEPA, se constató que la piel tenía 12 orificios de bala, así como marcas de objetos punzo cortantes, en la cabeza y en el cuello; asimismo, que por el tamaño de la piel, la cola y el cráneo, se trataba de un ejemplar de jaguar (Panthera onca) macho adulto.

 

La LGVS establece que poseer ejemplares, partes y derivados de vida silvestre sin contar con los medios para demostrar su legal procedencia, constituye una infracción que puede ser sancionada con el equivalente de 50 a 50 mil Unidades de Medida y Actualización.

 

Además, el artículo 420, fracción IV, del Código Penal Federal establece una pena de 1 a 9 años de prisión a quien ilícitamente realice cualquier actividad con fines de tráfico, capture o posea, algún ejemplar de una especie de flora o fauna silvestre, considerada endémica, amenazada, en peligro de extinción, sujeta a protección especial, o regulada por algún tratado internacional del que México sea parte.

 

La Delegación de la PROFEPA en el estado presentará la denuncia penal correspondiente contra la persona que causó la muerte del ejemplar.

You may also like
232 Áreas Naturales Protegidas federales de México
Adaptación basada en Ecosistemas (AbE) en áreas naturales protegidas como respuesta al cambio climático
Biosfera Montes Azules
Laboratorio forestal de Semarnat evita ingreso de plagas a México