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Destruye gobierno mexicano 256 ejemplares de pepino marino (Isostichopus fuscus) pescados ilegalmente en el Mar de Cortés

San Felipe, Baja California, México, 15 de junio de 2017, México Ambiental.- Policías ambientales, marinos y soldados mexicanos aseguraron un cargamento de 256 piezas de pepino de mar (Isostichopus fuscus) que fueron extraídos ilegalmente en Ensenada Grande, a 220 kilómetros al sur de San Felipe, Baja California en el Alto Golfo de California.

 

La especie Isostichopus fuscus se encuentra enlistada en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, bajo la categoría de “Sujeta a Protección Especial” (Pr) e incluida en el Apéndice III de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), por lo cual requiere un permiso para su exportación o comercialización internacional.

 

Elementos de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) y la Secretaría de Marina (SEMAR), realizaban labores de vigilancia en la zona conocida como Ensenada Grande, ubicada dentro del Área de Protección de Flora y Fauna Silvestre Valle de los Cirios en Baja California, cuando los efectivos militares localizaron un campamento clandestino con dos contenedores azules con pepinos de mar precocidos en su interior.

 

Los elementos de SEDENA solicitaron apoyo a inspectores federales de la PROFEPA, quienes constataron que se trataba de pepino de mar, mismos que se encontraron abandonados y en proceso de cocimiento-deshidratación.

 

Al valorarse el contenido orgánico, se verificó que se trataba de 256 piezas de pepino de mar de la especie Isostichopus fuscus, por lo que inspectores de la PROFEPA realizaron el aseguramiento de los mismos.  En consideración de que éstos se encontraron abandonados y toda vez que se trata de productos perecederos, el producto fue destruido.

 

El Código Penal Federal en México establece que se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de 300 a 3,000 días de  multa, a quien ilícitamente: capture, posea, transporte, acopie, introduzca al país o extraiga del mismo, algún ejemplar de vida silvestre. Así como sus productos o subproductos y demás recursos genéticos, de flora o fauna silvestre, en veda, endémico, amenazado, en peligro de extinción, sujeto a protección especial, o regulada por algún tratado internacional del que México sea parte.

 

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